2026-04-18

INSTITUCIONES

Asamblea de la Cooperativa Eléctrica

La entidad cooperativa convoca a Asamblea General Ordinaria para el 24 del corriente mes.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA


El Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos Cañada Seca Ltda., conforme a las prescripciones estatutarias, convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria, que se celebrará el día 24 de Abril de 2026, a las 20 hs. en primera convocatoria, en la Sede del Club Atlético y Social C. Seca, cedido gentilmente a tal efecto, para tratar el siguiente:
O R D E N    D E L     D I A
1 - Designación de dos Asambleístas para que conjuntamente con los Sres. Presidente y Secretario, firmen el Acta respectiva.-
2 - Lectura y Consideración de la Memoria y Balance General, Cuadros Seccionales de Resultados, Informe del Auditor e Informe del Síndico, correspondiente al sexagésimo séptimo (67º) ejercicio económico cerrado el 31 de Diciembre de 2025. Tratamiento Resolución INAES 3866/23.-
3 - Proposición sobre Distribución del Excedente del Ejercicio.                                                     4 - Renovación Parcial del Consejo de Administración: 
a) Designación de la Comisión Escrutadora.-
b) Elección de tres miembros titulares, en reemplazo de la Srta. Lucía Tomera y los Sres. Mauricio Tauriani  y Sergio González que finalizan sus mandatos. 
c) Elección de tres vocales suplentes, en reemplazo de los Sres. Diego Dominguez, Fernando Llanes y la Sra. Analía Avaro por finalización de sus mandatos.
d) Elección de un Síndico Titular, en reemplazo del Sr. Hugo Filipuzzi por finalización de mandato, y un Síndico Suplente en reemplazo del  Sr. Jorge Moyano por finalización de mandato.

 

       Alicia Dufour                                 Mauricio Tauriani                                                                                         Secretaria                                         Presidente

 


* La elección de Consejeros y Síndicos se realiza en base a lo dispuesto por Res. INAES 485/2021 
 Articulo 33 del Estatuto Social: las Asambleas se realizarán válidamente, sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubieren reunido la mitad mas uno de los asociados.Art. 48º Bis: Procedimiento electoral. El proceso eleccionario se hará por el sistema de lista completa y de acuerdo a la siguiente modalidad: a) Cada lista deberá ser avalada por diez (10) asociados no integrantes de la misma y contendrá los nombre de los candidatos a Consejeros Titulares y Suplentes a elegir, con la firma de los mismos aceptando la postulación, designándose además el apoderado de la misma.- b) las listas deben ser oficializadas por el Consejo de Administración con un anticipo de de cinco (5) días al acto eleccionario. Si hubiere alguna observación se dará traslado de la misma al Apoderado para que sea subsanada dentro del plazo de un dia, bajo apercibimiento de que dicha lista no se tendrá por oficializada.-c) En caso de presentarse una sola lista oficializada, esta se proclamará directamente; d) De presentarse dos o mas listas, se procederá a instrumentar la elección; e) Para el caso de que no se presentara lista alguna, se habilitara una urna para que los asambleístas depositen su voto, el que deberá contener un listado de la nómina propuesta; en este caso se computarán los votos de quienes sean los mas votados siendo electos como Consejeros Titulares, quedando los restantes como suplentes.-Previo al acto eleccionario la Asamblea designará entre los presentes una comisión de escrutinio compuesta de tres miembros, a efectos de intervenir en el cómputo de votos emergente de lo consignado en los precedentes incisos d) y e)
Art. 63º: La Fiscalización estará a cargo de un Síndico Titular y un Sindico Suplente que serán elegidos entre los asociados por la Asamblea, utilizando el mismo procedimiento electoral descripto en el Art. 48 BIS para la elección de Consejeros. Tendrán una duración de un ejercicio en el cargo. Podrán ser reelegidos durante dos ejercicios consecutivos. El Sindico Suplente reemplazara al Sindico Titular en caso de ausencia transitoria o vacancia del cargo, con los mismos deberes y atribuciones.

Te puede interesar